RENTA 2015: COMO SOLICITAR EL BORRADOR
Por gentileza de nuestros compis de Expansión, os contamos que tenéis que hacer para cunplir con Hacienda en tiempo y forma. No, no te...
http://www.villaverdeahora.com/2016/04/renta-2015-como-solicitar-el-borrador.html
Por gentileza de nuestros compis de Expansión, os contamos que tenéis que hacer para cunplir con Hacienda en tiempo y forma. No, no te lleves los dineros a los paraísos opacos de Panamá, que más pronto que tarde te pillarán los de los papeles de Panamá. Ahora si, en serio, empezamos con el tutorial:
FUENTE:
http://www.expansion.com/economia/declaracion-renta/2016/04/06/57039b3646163f9a418b463d.html
Arranca hoy miércoles la campaña de la Renta 2015. A continuación, les develamos paso por paso cómo conseguir el borrador de la Renta 2015 para realizar su declaración sin sorpresas.
A partir de hoy y hasta el jueves 30 de junio, puede realizar su declaración por vía telemática. Para realizarla de manera presencial tendrá que esperar hasta el próximo 10 de mayo (consulte aquí todas las fechas clave).
Esta campaña aterriza con varias novedades fiscales, fruto de la última reforma, y también con una nueva herramienta para agilizar los trámites a la que han decidido llamar 'Renta Web'. Este servicio le permitirá acceder a su borrador de la Renta 2015, modificarlo y confirmarlo desde su ordenador, su tableta o incluso el móvil.
¿Qué es el borrador?
El borrador es una propuesta de declaración de la Renta, confeccionada por la Agencia Tributaria con los datos personales, familiares y económicos del contribuyente, disponibles a una determinada fecha.
Precisamente, una de las cuestiones que más interés suscita a los contribuyentes es cómo acceder a su borrador. A continuación, detallamos cómo hacerlo clic a clic.
Cómo entrar en Renta Web
Para realizar la declaración por medios telemáticos, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, se debe acceder a través del icono Renta 2015 a Renta Web "Servicio de tramitación borrador/declaración".
Esta nueva herramienta supone la integración del sistema de borrador y del programa de ayuda 'Padre'.
'Renta Web' permite también acceder siempre a los últimos datos fiscales disponibles e iniciar la declaración desde cualquier dispositivo y finalizar en otro porque la información se guarda en el servidor de la Agencia Tributaria.
Solicite el número de referencia
Para solicitar telemáticamente el borrador y los datos fiscales es necesario que disponga del número de referencia. Para obtenerlo hay varias opciones.
Una de ellas es acudir a la casilla de la Renta de 2014 que se ha tomado como referencia por la Agencia Tributaria y que este año corresponde a la 490 (que contiene la base liquidable general sometida a gravamen).
Debe introducir el importe que aparezca en esa casilla en el apartado RENO junto a su NIF/NIE y el número de móvil al que desee recibir por SMS el número de referencia.
También podrán solicitar el número de referencia telefónicamente (901 12 12 24).
Además, si con anterioridad el contribuyente ha facilitado un número de móvil, la Agencia Tributaria le remitirá un mensaje SMS, indicándole el número de referencia de Renta.
Hay que señalar que este año, el número de referencia será personal, no estando vinculado a ningún expediente, por lo que se podrán solicitar varios números de referencia, siendo válido únicamente el obtenido en último lugar.
Acceda al borrador de la Renta 2015
Una vez obtenido el número de referencia, el contribuyente podrá desde hoy acceder desde la web de la Agencia Tributaria a sus datos fiscales y al borrador para modificarlo, si es necesario, y confirmarlo.
Acceso con DNIe o cl@ve PIN
También puede acceder directamente al borrador si tiene el certificado electrónico y la cl@ve PIN.
Por correo
Además, los ciudadanos pueden recibir el borrador or correo ordinario, si se confirmó el borrador de 2014, no se ha accedido a Renta WEB y no se ha presentado su declaración de IRPF 2015.
Verifique los datos
La Agencia Tributaria recuerda que "corresponde a cada contribuyente que haya obtenido el borrador revisar si sus datos personales y económicos están completos y son correctos". Si en la comprobación no se detecta que falte algo, el contribuyente puede presentarlo o confirmarlo, adquiriendo desde ese momento la consideración de declaración de Renta del ejercicio. Si, por el contrario, se comprueba que el borrador está incompleto o tiene algún aviso de que debe incluirse algún dato, el contribuyente puede modificarlo por internet o por teléfono.
Datos que hay que añadir al borrador de la Renta 2015
Es importante destacar que los cálculos y los datos fiscales del borrador se elaboran con la información que la Agencia Tributaria tiene de cada contribuyente, en el momento de emisión de la carta o de identificarse el contribuyente al acceder a Renta WEB. Si con posterioridad accede nuevamente a Renta WEB y se han incorporado nuevos datos actualizados se le pondrá de manifiesto un mensaje advirtiendo de esta circunstancia.
Hay datos, como por ejemplo, el nacimiento de hijos en el ejercicio o el abono de cuotas sindicales, que necesariamente tienen que ser aportados por los interesados, ya que la Agencia Tributaria los desconoce.
¿Quiénes no pueden utilizar el borrador?
Hay que recordar que quienes tengan rendimientos de actividades económicas no pueden utilizar 'Renta Web' y el servicio de borrador. Para ellos, se mantiene el 'Programa Padre.